❌ El gimnasio Metropolitan de Santander ha sido multado con 27.000€ por pedir la huella dactilar a sus usuarios para poder acceder al centro deportivo ya que, según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), esto infringe tres artículos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
⬇️ El caso se inició el 6 de mayo de 2021 cuando una socia del citado gimnasio presentó una reclamación ante Consumo porque el centro deportivo la dio de baja al negarse a facilitar su huella dactilar, sin darle otra alternativa. Hasta ese momento, para acceder al centro solo era necesario una pulsera y una tarjeta identificativa, según podemos leer en un artículo publicado en Confilegal.
🧐 La AEPD, al recibir la reclamación, pidió explicaciones a Metropolitan, y el centro manifestó que la finalidad del tratamiento era "el acceso inequívoco e intransferible del usuario a las instalaciones del gimnasio". También añadió que en el contrato se informaba de este procedimiento y que si no estaban de acuerdo, no podían ser socios del club, un contrato que según la AEPD no tenía base jurídica.
❗️ La demandante, sin embargo, destacó que cuando se inscribió al gimnasio "en ningún sitio del contrato o de la autorización se hacía referencia al consentimiento para el tratamiento de los datos del registro biométrico" ya que en aquel momento la huella dactilar no estaba instalada.
💸 La AEPD decidió sancionar al gimnasio en función del artículo 9.1 del RGPD, el cual establece que "quedan prohibidos los tratamientos de datos personales que revelen datos genéticos o datos biométricos dirigidos a identificar de forma unívoca a una persona física".
👉 Podéis ampliar la información leyendo el siguiente artículo: Confilegal.